ARCHIVO GENERAL. 41 64. Los índices de los títulos se lian de componer de los correspondientes á los departamentos respectivos, pero sin extractarlos, sino uniéndolos y combinándolos entre sí para formar uno solo. Estos serán los índices generales que sirvan para el registro de cuantos papeles contenga el Archivo; y á excepción del de asuntos secretos, permanecerán en la mesa del director, despues de comprobados y autorizados por él. 65. De dichos inventarios generales se formarán dos extractos que correspondan á las dos épocas en cpie se divide el Archivo, concillando la concision con la expresión que baste para recordar plenamente el contenido de ellos á quien los hubiere estudiado. Estos prontuarios se denominarán Claves manuales, y cada oficial tendrá una copia de ellos para su uso. 66. También se dispondrá un inventario de todos los índices, siguiendo el orden de la colocacion de los títulos. 67. Por último, se arreglará una tabla sinóptica que presente á la vista el sistema ele división y coordinacion ele los papeles y el mecanismo de las claves. 68. De esta tabla, del inventario de índices, de las claves manuales y de las generales, se remitirán copias al Gobierno, en papel de mar-quilla, comprobadas y autorizadas por el director. 69. Coordinadas las colecciones, colocadas las clases y series de sus legajos, según el sistema prevenido, formadas las claves y tabla, y remitida una copia ele ellas al Gobierno, en los términos que indica el artículo precedente, no podrá trastornarse el orden establecido, ni trasferirse papel alguno de un lugar á otro, sin espresa órclen del mismo Gobierno. 70. Siempre cjue se hicieren nuevas remisiones ele papeles al Archivo general, se colocarán los modernos en sus correspondientes legajos á continuación de los antiguos, por orden adoptado en su respectiva clase; y se añadirá á los índices la conveniente exposición de aquellos en los lugares propios. De estos suplementos, cuando lleguen á ser considerables, se mandará copia auténtica al Gobierno, para aumentar con ellos los inventarios. CAPÍTULO V. Operaciones preliminares. 71. Como el gran conjunto de papeles cpie hoy forma la existencia del Archivo, es en su mayor parte una confusa misceliánea de todas clases y materias, á fin de lograr su perfecta organizac on, en los términos cjue previenen los dos cajiítulos anteriores, el director y oficiales deberán disponer el plan de ella muy pormenor y meditar los medios de ejecutarla, con tal arte, cjue áun durante la operacion no se mezclen los papeles, sino ántes bien se vaya ganando continuamente en distinción y claridad. 72. Con tal objeto se hará la primera separación en épocas, despues en títulos, y así sucesivamente hasta llegar á las clases, fijándo- 6